La Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, con el apoyo de la Comisión de Género, manifiesta su repudio a toda manifestación de violencia basada en género contra las mujeres en la vida política y pública, independientemente de su posición ideológica, afiliación partidaria, cargo o espacio de participación.
Las descalificaciones fundadas en el género, los ataques sexistas, la sexualización, las amenazas y otras conductas dirigidas a menoscabar los derechos políticos pueden constituir manifestaciones de violencia y discriminación. Sin embargo, no todo acto de reproche, crítica o cuestionamiento dirigido contra una mujer que ocupa un cargo público constituye violencia basada en género en la política.
Para determinarlo, debe analizarse si la conducta responde a razones de género o utiliza estereotipos para intimidar, deslegitimar, silenciar o menoscabar sus derechos, considerando su naturaleza, contexto, finalidad y efectos.
La CEDAW, la Convención de Belém do Pará y la Recomendación General n.º 35 del Comité CEDAW establecen obligaciones estatales de prevención, protección, investigación, sanción y reparación, así como el deber de transformar los patrones socioculturales y estereotipos que sostienen la discriminación y la violencia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha desarrollado estándares de debida diligencia, eliminación de estereotipos y reparación integral.
La libertad de expresión y el control político son pilares democráticos, pero no pueden invocarse para legitimar amenazas, incitación a la violencia o conductas jurídicamente constitutivas de violencia contra las mujeres en la política. La determinación de responsabilidades debe respetar los principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso.
Por ello, la Junta Directiva, con el apoyo de la Comisión de Género, hace un llamado:
- A quienes ocupan cargos públicos, especialmente a las personas diputadas, para que se abstengan de ejercer violencia basada en género y reproducir estereotipos discriminatorios.
- A la Asamblea Legislativa, los partidos políticos, los gobiernos locales y las instituciones comprendidas en la Ley n.º 10235, para que fortalezcan la normativa y apliquen mecanismos especializados y efectivos de prevención, atención, investigación, sanción y reparación.
- A las autoridades competentes, para que atiendan las denuncias con prontitud, perspectiva de género, enfoque interseccional, debido proceso y protección frente a represalias y revictimización.
- Al Estado costarricense, para que asigne los recursos necesarios para aplicar efectivamente la Ley n.º 10235, impulse procesos permanentes de educación y transformación cultural e incorpore los estándares de debida diligencia reforzada en la normativa, atención, investigación y sanción en los casos de violencia basada en género en la política.
La paridad numérica y el acceso formal de las mujeres a los cargos públicos no bastan para garantizar la igualdad sustantiva. También es necesario que puedan ejercerlos libres de violencia, intimidación y represalias.
La Junta Directiva y la Comisión de Género reafirman su compromiso con el derecho de todas las mujeres a participar en la vida política y pública en condiciones de igualdad, libertad, seguridad y dignidad. Asimismo, la Comisión se pone a disposición para contribuir al fortalecimiento de la normativa, los mecanismos institucionales y los procesos de formación necesarios.