Para
que una asociación de abogados(as) pueda operar bajo los términos
del artículo 6 del Arancel de Profesionales en Derecho (decreto
ejecutivo N° 20307-J), debe solicitar la aprobación por escrito
a la Junta Directiva, conforme a los siguientes lineamientos:
1.- Indicar
la nómina completa de los (las) profesionales, estudiantes
o egresados(as) de la carrera de Derecho que la integran.
2.- Aportar
fotocopia certificada de los documentos que acrediten que la
persona jurídica está debidamente inscrita conforme a la ley.
3.- En
su caso, aportar fotocopia certificada de los documentos que
acrediten a sus integrantes como estudiantes o egresados de
la carrera de Derecho.
4.- Presentar
la documentación completa al Departamento Legal del Colegio,
para su revisión y dictamen.
5.- Una
vez recibido el dictamen favorable del Departamento Legal,
la Junta Directiva dictará el acuerdo correspondiente.
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